Informe de Tramitación Préstamos con Avales ICO. Real Decreto-Ley 8/2020 de 17 de Marzo según la Nota del ICO

¿Qué operaciones pueden ser avaladas?

Nuevos préstamos y otras modalidades de financiación y renovaciones de operaciones otorgados a autónomos y empresas de todos los sectores de actividad que tengan domicilio social en España y que se hayan visto afectados por los efectos económicos del COVID-19 siempre que:

• Los préstamos y operaciones hayan sido formalizados o renovados a partir del 18 de marzo de 2020.

• Las empresas y autónomos:
– No figuren en situación de morosidad en la consulta a los ficheros de la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) a 31 de diciembre de 2019.
– No estén sujetos a un procedimiento concursal a fecha de 17 de marzo de 2020, bien por haber presentado solicitud de declaración de concurso, o por darse las circunstancias a que se refiere el artículo 2.4 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, para que el concurso sea solicitado por sus acreedores.
– Cuando sea aplicable el Marco Temporal de Ayudas de la Unión Europea no encontrarse en situación de crisis a 31.12.2019 conforme a los criterios establecidos en el artículo 2 (18) del Reglamento de la Comisión Nº 651/2018, de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior.

• La financiación avalada no se podrá aplicar a la cancelación o amortización anticipada de deudas preexistentes.

Desde el día 24 de marzo hemos ido realizando un estudio de financiación mediante visitas y/o llamadas/emails a las distintas entidades bancarias de Sevilla Capital. Esto es lo que nos hemos encontrado en general en todas las Entidades Bancarias (no vamos a nombrar entidades ni sucursales, pero los datos, email, wasap, etc… estan archivados y verifican lo aquí expresado). El análisis afecta a la financiación de los autónomos y micropymes (que alcanzan casi el 90% del tejido empresarial de la ciudad).

Los solicitantes afectados por la crisis sanitaria-económica se clasifican de la siguiente manera en las Entidades Bancarias:

• Clientes con riesgo bancario: si tienen problemas (pasados, presentes o puedan presentarlos en el futuro cercano), son clientes que son prioritarios y se les está reestructurando los riesgos y, en algún caso, dotándolo de algo de liquidez. Las entidades bancarias están buscando claramente ganar la garantía estatal de hasta el 80% ante más que posibles operaciones fallidas.

• Clientes sin riesgo bancario: es decir, que únicamente tengan una cuenta bancaria donde realice los movimientos ordinarios del negocio. Estos clientes pasan a la lista de espera porque no son prioritarios, dado que no tienen posiciones compremetidas con las entidades bancarias. En algunos casos, casi un mes y medio esperando para poder mandar la documentación y que lo estudien.

• No clientes: este tercer caso ni se estudia. Directamente te dicen que los ICO son solo para los clientes de la entidad y/o que no hay cupo suficiente en los ICO Aval Covid-19 para ellos.

La conclusión de lo anterior es muy clara: ni está llegando la liquidez necesaria y suficiente a las micropymes y autónomos ni va a llegar si se les permite a las Entidades que actúen de esa manera (donde, y vuelvo a repetir, están intentando como objetivo principal, salvar sus balances con incrementos de garantías -hasta el 80% estatal- de una morosidad segura).

Además, durante este mes y medio de trabajo de campo, hemos constatado lo siguiente:

– Muchas de las operaciones que se han firmado a principios del mes de abril no han sido abonadas en cuenta todavía, lo que está provocando un perjuicio muy grande para autónomos y pymes porque no tienen liquidez para atender sus pagos comprometidos. El retraso se lo imputa el ICO a las entidades bancarias y viceversa, pero lo único claro que el perjudicado es el solicitante.

– En el caso de que puedan acceder a estudiar una operación nueva las garantías se han endurecido con independencia que lleve el aval de hasta el 80% del estado. Y por supuesto, ninguna incidencia en fichero de morosidad, avales adicionales, cuentas anuales de 2019 presentadas y con beneficio, etc…

– Se están vendiendo productos vinculados, como los seguros, a las operaciones de ICO Aval Covid-19 (no se formalizan los seguros sobre la marcha, si no en meses futuros para que no se vea tan descarado).

– Las solicitudes online desde la web de las entidades que te permiten solicitar información sobre los ICO Aval Covid-19 no son respondidas después de 30 días desde que se han solicitado.

En resumen general, todo esto está provocando que el dinero supuestamente inyectado a la economía de hasta 200.000 millones de euros no llegue a los que verdaderamente lo necesitan como los autónomos y las pymes (en especial a las micropymes) y cuyas consecuencias ya vimos en la crisis de 2008 cuando la banca cortó la financiación a estos colectivos provocando más desempleo y a la vez más morosidad en las entidades bancarias. Esta vez no puede ocurrir lo mismo y, desde ya, hay que denunciarlo para que se pongan los mecanismos que controlen los nuevos abusos bancarios.

 


DIEGO MURILLO GARCÍA
DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO FINANCIERO BANCARIO