¿Puede obligar una empresa al trabajador a vacunarse contra la Covid-19?

El desarrollo de la pandemia mundial ha dado lugar a nuevos escenarios sociales hasta ahora desconocidos. Estos cambios rápidos y constantes provocan inevitablemente que, en determinados puntos, surjan conflictos y, como ya sabemos, donde hay sociedad hay conflicto y por consiguiente hay Derecho, o necesidad de que haya Derecho.

Uno de esos nuevos conflictos está motivado por la inminente llegada de la vacuna contra la Covid-19 y la desconfianza de una parte de la población acerca de su eficacia y efectos secundarios. En lo que al ámbito laboral respecta, llegado el momento, ¿puede el empresario obligar al trabajador a vacunarse en pro de la seguridad del resto de la plantilla o de los clientes?

En primer lugar, en el ordenamiento jurídico español no hay norma alguna en la que se pueda amparar el hecho de que un empresario obligue al trabajador a vacunarse. Esto no quiere decir que no haya regulación en materia de vacunación, se ha planteado la posibilidad de poder exigir al trabajador su vacunación a través del art 8.3 del Real Decreto 604/1997, pero dicho texto sólo se aplica a personal sanitario y, además, siempre de forma voluntaria. Por otro lado, existe la Ley Orgánica de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública (LOMEMSP), todo apunta a que dicha ley podría servir de base para que el Ministerio publicase una norma regulando este aspecto si alegase motivos de urgencia y necesidad, pero esto es sólo una posibilidad. En lo referente a los antecedentes que pudieran existir, es muy conocida la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía 2393/2013, del 27 de julio, por la que se obliga a los alumnos de una misma clase a vacunarse del sarampión, basándose en el artículo 43.2 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a la protección de la salud. El resto de regulación acerca de la vacunación en el trabajo la encontramos en la Ley General de Salud Pública y la Regulación de Prevención de Riesgos Laborales, en todos los casos lo previsto queda supeditado a la voluntariedad del paciente.

Nos encontramos, pues, ante un tema cuanto menos espinoso, no sólo por la falta de regulación, sino porque se den situaciones en las que colisionen derechos protegidos constitucionalmente, en este caso, el derecho del trabajador a la libertad y el derecho del resto a la salud pública, la complicación reside en decidir si se le da más peso al interés individual o al interés colectivo a la hora de adoptar medidas al respecto.

Por todo lo anterior se puede afirmar que, actualmente, no se puede obligar a un trabajador a vacunarse de la Covid-19 y probablemente un despido disciplinario por negarse sería calificado como improcedente al no existir respaldo legal, la única forma que tendría el empresario de lograr la vacunación de un trabajador de manera forzosa sería acudir a los Tribunales para obtener una autorización judicial en base a la citada Ley Orgánica de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública.

En cuanto a medidas adoptadas hasta el momento, el Ministerio de Sanidad se ha limitado a incluir en su “Estrategia de Vacunación” un censo para registrar a las personas que se nieguen a ponerse la vacuna con la finalidad de, en palabras de la Secretaria de Estado de Sanidad, «registrar el rechazo a la vacunación, que puede ser de interés para ayudarnos a analizar cuáles son las causas por las que se rechaza e insistir en campañas informativas y de divulgación para insistir en la importancia de las vacunas”.

 

RICARDO GIL-TORESANO
Departamento Civil-Penal